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TRATADO DE 1870

PONERSE LAS PILAS, PERO YA!!!!

Terminado el plazo para la recepción de pruebas para la conformación de expedientes de solicitudes temporales de permisos de residencia y trabajo, (no olvidemos que se entregarán con valides de apenas un año) algo menos de 700.000 solicitudes han sido entregadas, de las que 13.000 ya están siendo procesadas.

Casi la mitad son de latinoamericanos y entre éstas la gran mayoría de ecuatorianos. En lo que respecta a uruguayos, el número de compatriotas solicitantes de permisos se calcula en los 10.000.

Nos preguntamos ¿Qué pasará con el resto de uruguayos que están en forma indocumentada en España?*1 ¿Porqué estos 10.000 compatriotas han debido hacer las largas colas, gastar dinero que muchas veces no han poseído para obtener y presentar documentos probatorios y rogar contratos de trabajo como si de ciudadanos de tercera se tratase?

Los uruguayos tenemos derecho a trabajar, vivir, estudiar y no tenemos necesidad de homologar títulos universitarios aquí, en ESPAÑA, y España tiene la obligación de aceptarlo sin chistar porque ella fue parte interesada de la firma de Tratados Internacionales.

La Justicia nos apoya.

Lo ha demostrado muchas veces cuando se han interpuesto recursos por la vía judicial.

El Tratado de 1870 está vigente para la justicia española incluso para el Tribunal Supremo (octubre 2002). ARTÍCULO 8 del Tratado de 1870 Los ciudadanos de la República en España, y los súbditos Españoles en la República Oriental del Uruguay, podrán ejercer libremente sus oficios y profesiones, poseer, comprar y vender por mayor y menor toda especie de bienes y propiedades, muebles e inmuebles, extraer del país sus valores íntegramente, disponer de ellos en vida o por muerte, y suceder en los mismos por testamento o ab intestato, todo con arreglo a las leyes del país en los mismos términos y bajo de iguales condiciones y adeudos que usan o usaren los de la Nación más favorecida. No podrán por consiguiente sufrir respectivamente ningún embargo, ni ser retenidos con sus buques, tripulaciones, carruajes y objetos de comercio, de cualquiera clase, para ninguna expedición ni para servicio público de ninguna especie sin conceder a los interesados una indemnización previamente convenida. Todo lo cual se ratifica y en nada rectifica, el Tratado de 1992 en el que se considera también el ‘Establecimiento de un eficaz sistema de equivalencias de estudios, con vistas al reconocimiento de títulos y diplomas académicos obtenidos en ambos países’

En Uruguay, durante periodos gubernamentales anteriores las reivindicaciones no pasaron de silenciadas quejas ante la inoperancia de nuestra Cancillería, provenientes de los sectores de la oposición.

Pues bien, ahora uno de los sectores tiene una mayoría que le permitirá actuar sin condicionamientos y ante esta opción expongo:

Sr. Reynaldo Gargano, Ministro de Relaciones Exteriores del Uruguay:

Usted, siendo Senador de la República fue uno de los más acerbos críticos de esa inoperancia. Usted reclamó para los uruguayos los derechos que los uruguayos tienen.

Usted tiene en este momento la palabra.

Miles de compatriotas confían en usted y en lo que usted voceó desde su banca senatorial.

Podemos estar felices con el escape de la clandestinidad de casi 10.000 uruguayos pero no lo estamos ante la incertidumbre de los que no han podido salir de ella.

No podemos permitir que un ciudadano con derechos adquiridos se vea perseguido, con la posibilidad de ser esposado, enviado a un centro de refugiados atiborrado desde ya y expulsado.

Tampoco podemos tener la conciencia tranquila si ese ciudadano debe esconderse y trabajar por sueldos miserables simplemente porque su país no lo protege en otra nación con la cuál la suya tiene firmados acuerdos y tratados internacionales.

¿Acaso solamente se validarán los Acuerdos y Tratados de extradición y deportación?

El Ministro de Seguridad Social y Trabajo de España, Jesús Caldera, acaba de expresarse en forma contundente: después de estimar que una mínima parte de quienes han presentado documentación, unos cien mil apenas, serán rechazados aseguró que desde el próximo domingo se aplicará en forma estricta el Reglamento de Extranjería que recoge las vías de arraigo laboral y social y quienes no puedan acogerse a ninguna de las fórmulas “serán repatriados porque la inmigración tiene que ser legal”.

Lo aceptamos y estamos de acuerdo: legalidad, en todo, incluso en el respeto a Tratados Internacionales.

Reconocemos que no resultará tarea fácil para nuestro Canciller pero confiamos en él y a pesar de que él mismo considera difícil de encontrar salida aceptada por España a los Tratados, no olvidamos los Tribunales y los uruguayos no deben dejar pasar esa opción mientras no encuentren la del reconocimiento de partes.

*1 Se estima que entre el año 2001 y el 2004 entraron a España casi 40.000 uruguayos que se sumaron a los casi 10.000 que ya residían aquí. No hay datos concretos de cuantos regresaron pero de esta cifra se considera que la mitad o más continúan viviendo en España. (Siempre en las suposiciones porque la clandestinidad es muy difícil de que algún organismo estadístico pueda valorarla con exactitud y las cifras solo refieren a ingresos registrados y ciudadanos empadronados), El INE, Instituto Nacional de Estadísticas de España estimo en un aumento del 500% el incremento de uruguayos viviendo en España en ese periodo. Tan sólo en el del 2003/2004 ingresaron 16.966 compatriotas que representan una cifra ya superior a las solicitudes de regularización presentadas por uruguayos en el último proceso de legalización de inmigrantes.

Graciela Vera – Periodista independiente desde Almería, el sur del sur del norte, a 6 de mayo de 2005

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