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TRATADO DE 1870

TRATADO DE 1870

¿PERDEMOS DERECHOS CONSOLIDADOS? - I -

Estábamos acostumbrados a que nos dijeran que teníamos derechos pero nadie hiciera nada por consolidarlos.

Durante los gobiernos de Julio María Sanguinetti el tema pasó casi desapercibido, luego en los gobiernos de Luis Alberto Lacalle y Jorge Batlle, el asunto se reflotó pero no se apuntaló, por el contrario se aceptó negociar algo que ya es nuestro.

Podemos sí, decir que en la Administración Lacalle se dio otro paso hacia adelante con el Tratado de 1992 que ratifica el de 1870 dándole fuerza al primero y salvando algunos vacíos que éste había dejado.

La llegada de Tabaré Vázquez al 7º piso del edificio Libertad, nos pareció algo así como un gran plumero que sacudía el polvo de muchas carpetas y entre ellas le tocó el turno al legajo del Tratado Reconocimiento, Paz y Amistad acordado entre España y Uruguay en 1870.

Aplaudimos porque por primera vez no se hablaba de llegar a acuerdos sino de reivindicar derechos consolidados.

Más de 20 sentencias favorables de Tribunales Superiores de las Comunidades, una del Tribunal Supremo de España y una sentencia sin precedentes del Tribunal Supremo de Baleares*1 cuyo alcance aún se está dilucidando por las autoridades del Consulado uruguayo en las islas, a más del apoyo de organizaciones obreras españolas son legitimidades que no podemos tirar por la borda.

El Tratado de 1870 está vigente y el Gobierno español, después de negarlo reiteradamente no ha podido continuar engañándose a sí mismo y lo ha admitido.

Los Convenidos firmados por España con la Unión Europea no son tan intransigentes como pretende dar a entender la Administración; permiten que los países miembros respeten los Tratados firmados con terceros países con anterioridad a su admisión en la UE.

No podemos dejar que nos engatusen, ya crecimos y no pueden cambiarnos un caramelo por una caja de bombones.

Niegan nuestros derechos pero intentan hacer desistir de su permanencia en España a los uruguayos que están en la península incentivando su retorno a Uruguay. Ninguna asociación de uruguayos lo aceptó*2, pocos son los compatriotas que quieren retornar en este momento y con estas condiciones.

No nos dejan salir de los aeropuertos. La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece en su artículo 13 que ‘toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado’; los mismos que hoy hacen retornar a muchos uruguayos parecen ignorar este derecho internacional y, si además del derecho universal invocamos el también legítimo del Tratado de 1870, la situación no es más que una patochada de la que no nos han dado satisfactoria respuesta.

Otra aberración es el que ser uruguayo amparado por un Tratado Internacional y tener sangre española, legada por padres y abuelos no sea suficiente para entrar a este país por la puerta grande. Los nietos de españoles deberán convivir un año en España antes de que se les conceda el derecho a optar por la ciudadanía.

Y ahora, como si estas necedades no fueran suficientes, pretenden hacer un inventario como si quienes estamos en este país fuéramos mercancía, y nuestras autoridades se callan porque España propone analizar caso por caso la situación de los uruguayos ¿Por qué el silencio?

No puede haber caso por caso, permitirlo sería tanto como desandar lo ya andado.

Caso por caso ya se examinan normalmente todas las solicitudes realizadas por extranjeros de cualquier nacionalidad.

Podemos pensar que los uruguayos, como inmigrantes, que reconocemos con orgullo que lo somos, escapamos de la categorización de ‘mano de obra barata’.

Los uruguayos cuando emigramos lo hacemos con el propósito de elevarnos económica y socialmente. Pero lamentablemente no siempre lo conseguimos y esa esperanza no es la realidad*3 más común.

Reclamamos ser considerados tan uruguayos como españoles. Nacidos en un país; viviendo, trabajando y contribuyendo en otro y sin renunciar a los derechos y aceptando los deberes que nos corresponden en cada uno.

Así somos los inmigrantes uruguayos. Y exigimos a las autoridades uruguayas que defiendan nuestro derecho a dejar de ser un número conflictivo en una planilla de la Dirección de Migraciones española.

Queremos vivir y trabajar aquí, sin condicionamientos, libremente, con todos los prerrogativas constitucionales.

Después de una larga espera que agotó todos los plazos previstos, se reunió en la última semana de abril la Comisión de Alto Nivel para analizar la vigencia del Tratado.

¿Contentos?, sin duda el Gobierno del reino sí lo está pero los uruguayos, al menos los que vivimos aquí y palpamos la realidad diariamente no podemos sentirnos felices.

Resulta ser que en la reunión en la que participaron el secretario de Estado de Asuntos Exteriores de España, Bernardino León y el secretario general de la cancillería uruguaya, José Luis Cancela, se estudió como salir del paso; ya lo hemos dicho, un recuento de uruguayos indocumentados en España y el estudio de cada caso por parte de la Administración española que se comprometió a tratar de facilitar la documentación al mayor número posible de inmigrantes uruguayos.

Algo inadmisible. Y este absurdo es lo que el representante de nuestro país consideró como ‘reunión muy positiva’.

Si hasta la información que se brindó del hecho parece ridícula.

La Comisión se formó para estudiar la vigencia del Tratado de 1870.

El representante español reconoce que está vigente. Después de años de lucha, se reconoce la vigencia y nuestro representante, en quién pusimos todas las esperanzas ¿buscó acaso como reforzar esta situación?

Seguimos aceptando medias verdades.

La validez del Tratado de 1870 parece haber sido un tema menor. Quizás porque a España no le interesa que se trate.

No queremos pensar que los inmigrantes uruguayos han sido nuevamente traicionados*4. ¿No sabe nuestra Cancillería que no queremos otro acuerdo?, que ya tenemos el que pretendemos revalidar.

Los uruguayos en España, sus asociaciones, los que estamos legalmente aquí y los que necesitan legalizar su situación rechazamos un acuerdo similar a los que España ha firmado con Chile y Perú.

Para residir en España los nacionales de estos dos países necesitan, después de realizado el nuevo acuerdo, probar un contrato laboral o conseguir una visa. Ambas cosas no resultan de fácil obtención y dificultan el otorgamiento de papeles de residencia.

El Tratado de 1870 nos exime de ello. Actualmente tenemos derecho a residir, ejercer libremente nuestros oficios y profesiones, poseer, comprar y vender por mayor y menor toda especie de bienes y propiedades, muebles e inmuebles.

La legislación nos ampara. Quizás antes de aceptar los espejitos de colores debamos ir a Tribunales Superiores. ¿Acaso más de doce mil uruguayos pasando penurias en España no merecen el mismo tratamiento que dos plantas de celulosa?

Por supuesto que no todo está perdido. Ante las muchas sentencias validando la vigencia del Tratado de 1870, la Administración española ha presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo y la Administración asegura que va a respetar lo que éste decida.

Las sentencias judiciales han sido hasta ahora favorables a las expectativas uruguayas.

No tenemos porqué pensar que esta vez será diferente.

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*1 SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAS ISLAS BALEARES

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares sentenció reconociendo el derecho de los uruguayos a trabajar libremente en todo el territorio español en igualdad de condiciones que los nacionales.

De esta forma valida el Tratado de 1870 y crea un nuevo precedente en la cuestión.

El Tribunal ratificó una sentencia del 19 de septiembre del 2005 emitida por el Juzgado de lo Contencioso nº 2 de Palma.

Éste a su vez, estimó una demanda formulada por la letrada Dolores Puertas en nombre de una uruguaya a la que la delegación del Gobierno en Baleares le había reconocido únicamente el permiso para tareas de empleada de hogar.

La mujer pretendía obtener autorización de trabajo para cualquier tipo de actividad y documentos de residencia y la abogada Puertas alegó la existencia del Tratado de 1870 lo que la Delegación de Gobierno rechazó señalando que ese convenio había quedado superado por el firmado en 1992 y que los uruguayos no tenían privilegios en relación con otros extranjeros no comunitarios.

El Tribunal Superior al que recurrió la demandante entendió que el Tratado de 1870 está plenamente vigente y sus efectos deben ser automáticos a la hora de otorgar permisos de residencia y trabajo a inmigrantes uruguayos, cualquiera sea la profesión que presenten.

En relación al Tratado de 1992, los magistrados actuantes consideran que contiene artículos que certifican la plena vigencia de los tratados anteriores siempre que sus disposiciones no sean incompatibles con el nuevo acuerdo bilateral. El tratado del 92 también reconoce que los uruguayos estarán “en pie de igualdad” con los españoles a la hora de trabajar por cuenta ajena o desarrollar cualquier otro tipo de profesión.

El alcance de esta resolución puede resultar aún impredecible si nuestros gobernantes no cometen el error de apresurarse a negociar la derogación del Tratado de 1870.

Podría ayudar a cinco mil compatriotas tan sólo en las islas.

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*2 - El Gobierno español a través de su Ministro de Trabajo, Jesús Caldera, propuso a autoridades uruguayas incentivar el retorno de los uruguayos a su país de origen, a través de líneas de microcréditos y capacitación.

Distintas organizaciones de uruguayos en España dieron su opinión contraria.

No son muchos los orientales que en este momento están dispuestos a retornar y esas líneas deberían de existir, estar abiertas a aquellos que libremente optan por hacerlo y no como una solución a un problema.

Gustavo Álvarez, secretario de la Casa de Uruguay en Madrid, dijo a un diario montevideano: ‘Nos tomó un poco de sorpresa. Vemos con buenos ojos la iniciativa cuando se trata de gente que piensa en regresar efectivamente. Pero esto tiene una doble lectura. Nos llama la atención, porque estaría destinado a personas afincadas en España. Es impensable, Caldera se cuidó muy bien en pronunciarlo, de que sea una salida para quienes estén en situación irregular. Si se quieren sacar de arriba al inmigrante estable, ¿qué queda para el otro?’.

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*3 - En el año 2005 fueron repatriados más de 50 uruguayos cuya situación en España era de extrema pobreza.

Seguramente este año las cifras podrán ser similares o superiores. Son personas que llegaron con un sueño, que se quedaron sin nada para iniciar el camino y que tropezaron con muchas trabas y ahora se encuentran en situación de vulnerabilidad social preocupante.

Al repatriarlos se les paga el pasaje y se les da una cifra simbólica que oscila entre los 200 y 400 euros; realmente muy poco valor es el que se le da a las esperanzas frustradas.

Muchos llegaron aquí engañados por la misma desesperación que provoca el querer tener un futuro. Creyeron que España era el paraíso y la realidad es otra.

Si hasta ahora ha sido complicado encontrar trabajo, desde el 2 de mayo en que los nacionales de los últimos países que entraron a la UE (los de la Europa del Este) tienen libre acceso al mercado laboral español, conseguir un lugar será mucho más difícil.

Hace unas semanas, Gustavo Álvarez de Casa Uruguay en Madrid realizó algunas puntualizaciones que permiten reafirmar que el edén no existe: ‘Los convenios colectivos aquí no se cumplen. Por ejemplo en la hostelería hay que trabajar cinco días y en jornadas de siete horas y veinte. Pero hay compatriotas que trabajan catorce horas, seis días por semana, para ganar 1200 euros. Eso apenas les da, pero tienen que alimentar a su familia’, coincidimos con esta realidad y, si no ocultamos que muchos uruguayos triunfan, somos conscientes de que por cada uno que lo hace hay decenas que fracasan.

‘Siempre recomiendo que se vayan de a uno y prueben, si no es un suicidio. Yo he visto gente que para tranquilizar a su familia en Uruguay se saca fotos frente a autos parados en la calle, y eso es muy triste porque en realidad la están pasando mal’, un consejo que da Álvarez y que no siempre se toma en cuenta ante lo otro, la mentira para que allá no sepan que se fracasó y que lamentablemente es una práctica más común de lo que puede pensarse.

No hay muchas formas de contrarrestar este desesperante problema pero tenemos una y es que el Tratado de 1870 cobre plena vigencia.

No será una panacea total pero ayudará a que los uruguayos puedan aspirar a mejores puestos de trabajo.

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*4 - Juan Sotelo, vocero del Centro Uruguayo en Madrid, daba a conocer días antes de la reunión de la Comisión de Alto Nivel establecida por las Cancillerías de Uruguay y España para dilucidar la vigencia del Tratado de 1870 la preocupación general por el desarrollo de las negociaciones y manifestaba: ‘El gobierno uruguayo ha tenido una postura muy firme en la defensa del tratado. No queremos un tratado devaluado. Esperamos que el gobierno envíe una delegación de alto nivel, porque los uruguayos del exterior no somos ciudadanos de segunda clase’. Fue categórico, quizás porque desde su puesto en la asociación llega a conocer muchas más historias de desesperación, al advertir: ‘De lo contrario diremos lo mismo que dijimos cuando Lacalle quiso negociar el tratado y cuando Batlle ni nos recibió: se ha estafado a los uruguayos’.

Y después de la reunión, la Asociación de Uruguayos en Cataluña consideró que se estaban aplicando más cortinas de humo y exigió la inmediata aplicación del Tratado.

 

Graciela Vera, periodista independiente, en Almería, en el sur del norte, a 11 mayo de 2006

ARTÍCULO VIII

El Tratado de Reconocimiento, Paz y Amistad celebrado entre la República Oriental del Uruguay y el Reino de España en 1870 establece en el Artículo VIII la equiparación de derechos de los ciudadanos de un país en el otro.

España aduce que un tratado firmado con posterioridad, en el año 1992, por los presidentes Luis Alberto Lacalle por Uruguay y Felipe González lo deroga; sin embargo Uruguay no reconoce este hecho considerando que éste ratifica en todos sus términos al de 1870 y en nada lo rectifica.

El texto del artículo VIII del Tratado de 1870 dice:

Los ciudadanos de la República en España y los súbditos Españoles en la República Oriental del Uruguay, podrán ejercer libremente sus oficios y profesiones, poseer, comprar y vender por mayor y menor toda especie de bienes y propiedades, muebles e inmueble, extraer del País sus valores íntegramente, disponer de ellos en vida o por muerte y suceder en los mismos por testamento ó al intestato, todo con arreglo a las leyes del país, en los mismos términos y bajo de iguales condiciones y adeudos que usan ó usaren los de la Nación más favorecida.

Juzgados Superiores españoles de distintas Comunidades Autónomas han reconocido en muchas oportunidad (más de 20) el derecho de los uruguayos a vivir y trabajar en España en igualdad de condiciones con los ciudadanos españoles, basando sus sentencias en la validez del Tratado de 1870. También una instancia que llegó al Tribunal Supremo resultó favorable para Uruguay e incluso una sentencia ha obligado a una Administración a pagar una importante suma a un ciudadano uruguayo al que se le impidió trabajar normalmente en España por ser extranjero y carecer de permisos de residencia y trabajo ya que la Administración se los negó.

G.V.

ENTREVISTA AL DIPUTADO JESÚS LÓPEZ-MEDEL*

ENTREVISTA AL DIPUTADO JESÚS LÓPEZ-MEDEL* TRATADO DE 1870

Desde hace algo más de 135 años está vigente un Tratado Internacional conocido como Tratado de Reconocimiento, Paz y Amistad, firmado entre el Reino de España y la República Oriental del Uruguay en junio de 1870.

En el artículo 8 del mismo se establece una igualdad de derechos de los uruguayos en España o de los españoles en Uruguay, con los de la nación más favorecida.

Derechos claramente establecidos, en los que se incluyen los derechos al trabajo, al libre ejercicio de las profesiones y oficios, ejercicio del comercio, rentas y testamentaría entre otros.

Cuando hace cerca de cuatro años las puertas de España comenzaron a entornarse para terminar en los últimos meses intentado cerrarse a las esperanzas de miles de compatriotas uruguayos, iniciamos por distintos medios una campaña de información y denuncia.

Existen Tratados Internacionales y Sentencias Judiciales que el actual gobierno del PSOE se recrea en pretender si no ignorar, si minimizar rebuscando inútilmente, como ha quedado demostrado por los reiterados cambios de sentido de sus inaceptables respuestas.

Ninguna de las excusas que ha interpuesto el Ejecutivo español satisfacen a los uruguayos. Reiterar la historia de la afrenta que el Presidente José Luis Rodríguez Zapatero está haciendo a Uruguay al demorar la creación de una Comisión de Alto Nivel *2 integrada por los Cancilleres de ambos países, que fuera recomendada por el Congreso de Diputados el 21 de diciembre pasado para la resolución amistosa del diferendo, comisión anticipada en el Tratado de 1992, no hace más que dañar la imagen de una mal entendida relación de amistad entre países democráticos.

EL PARTIDO POPULAR, ALIADO DE LAS ESPERANZAS URUGUAYAS

El Diputado del Partido Popular español Jesús López-Medel ha realizado, primero en las filas del PP y luego a nivel parlamentario general, un intenso trabajo de concienciación a favor de los reclamos uruguayos.

Sus respuestas a nuestros interrogantes nos permiten ubicar mejor la realidad en que se mueven las expectativas creadas.

ENTREVISTA al DIPUTADO DEL PP JESUS LÓPEZ-MEDEL

- A la vista de este Tratado ¿en qué situación, a su entender, se encuentran los uruguayos que viven en España? L-M - España es un país de acogida al cual de una manera muy intensa están viniendo en estos últimos años un gran número de personas procedentes de todo el mundo, de un modo especial de América Latina y entre ellos, los uruguayos respecto los cuales, sin perjuicio de la normativa general aplicable a todos los inmigrantes, deben de ser de aplicación las normas específicas, como es el Tratado vigente de 1870 y el de 1992.

En el año 1958, época en que los españoles emigraban por necesidades de distinto índole (económicas o políticas), el censo de los mismos en Uruguay alcanzaba aproximadamente al 1,33 por ciento de la población. Al día de hoy, cuando muchos uruguayos han buscado mejorar su situación económica en España, el porcentaje no supera el 0,15 por ciento de la población española. Por otra parte, el nivel educativo de los inmigrantes uruguayos supera con creces la media de la emigración actual y de una importante parte de la población nativa. - ¿Cree usted que la situación planteada es diferente? ¿Por qué? L-M -Aun cuando el número de uruguayos residentes en España no sea muy elevado, pues la situación social y de estabilidad de su país es afortunadamente más próspera que los nacionales de otros países de Latinoamérica, debe destacarse la especial cualificación profesional y cultural de los que vienen a España, lo cual facilita no solo su integración efectiva sino también el acceso a trabajos que tienen vinculación con los estudios realizados.

- Antes de continuar resultaría muy interesante saber si usted considera que Uruguay ha cumplido con el Tratado de 1870 cuando le correspondía el papel de país receptor. L-M - No me consta que por las autoridades de España hayan existido quejas en orden al cumplimiento de sus obligaciones por parte de la República uruguaya por lo que tengo que deducir que por parte de este país se han observado lo que le incumbe. Además, quiero destacar que Uruguay ha sido un país muy acogedor de los inmigrantes españoles que por razones políticas o de trabajo fueron a abrirse nuevos rumbos a su país. Así lo corroboro no solo por las informaciones que he obtenido sino también por mi constatación directa cuando en el pasado mes de julio pude, en Montevideo, poder reencontrarme con amigos que no veía hace más de veinte años y se encuentran allá muy felices y bien acogidos.

En el mes de diciembre el Diputado López-Medel presentó en el Parlamento de España una moción solicitando el reconocimiento del Tratado de 1870, habiendo surgido del Órgano Legislativo la recomendación de formación de una Comisión que estudiara el tema dando respuesta en un plazo de 4 meses. - La moción presentada por usted ¿estaba firmada y/o avalada por los demás miembros del Partido Popular? L-M -La iniciativa parlamentaria que preparé y suscribió el portavoz de mi bancada, responde a un trabajo y a unas relaciones de más de dos años con el diputado Jaime Trobo que en este tiempo ha venido con gran constancia impulsando el tema de la plena vigencia del Tratado de 1870. Cierto es que este interés ha sido una constante por parte del Partido Nacional y también por las demás fuerzas políticas uruguayas con las que me reuní en julio en Montevideo, pero sin el esfuerzo del diputado Trobo para trasladarnos la inquietud sobre la no aplicación correcta del Tratado, no habría sido posible que el Parlamento español impulsase una toma de postura conjunta a raíz de la iniciativa del Partido Popular como grupo mayoritario de la oposición en España.

- Según creo contó con unanimidad de opiniones de apoyo de legisladores de todos los partidos ¿También del Partido Socialista? L-M - A la iniciativa del PP se sumó la presentada por otro grupo minoritario gallego y desde el trabajo de convencimiento que fuimos desplegando con los demás grupos de la Cámara tanto desde el PP como desde las fuerzas políticas y asociativas uruguayas, logramos un amplio consenso que, si bien no era de la radicalidad de lo que nosotros inicialmente pedíamos, posibilitaba un acuerdo de todos y eso era muy importante. También en esta tarea de convencimiento para con otros grupos, debo destacar el amplio despliegue que desarrolló el diputado Trobo al igual que algún otro representante uruguayo incluso un ex presidente de la República como Sanguinetti.

- ¿Sabe usted si hay alguna Comisión formada, o en vías de formación, para cumplir con la recomendación legislativa? L-M - Desconozco en estos momentos si el gobierno español ya ha iniciado los pasos para crear la Comisión de alto nivel a la que está obligado a constituir. En todo caso, nosotros acabamos aprobando que se reuniese en el plazo de 4 meses (a contar desde la aprobación del Acuerdo el 21 de diciembre), cuando lo cierto es que en principio el Partido Socialista no quería fijar plazo alguno, si bien luego aceptó fijarlo aunque pretendían fuera más amplio (concretamente 6 meses)

- ¿Ha tenido información de la opinión que al respecto de este asunto existe en la Secretaría de Emigración-Inmigración de España? L-M - Por las conversaciones que tuve los días previos al debate parlamentario con representantes socialistas, al Ministerio de Trabajo no le gustaba nada lo que habíamos planteado desde el PP pero ahora una vez aprobado por el Parlamento español, el gobierno en bloque está obligado a actuar conforme a lo que en la Comisión de Asuntos Exteriores aprobamos.

- ¿Estará usted integrando, siguiendo o vigilando el desarrollo de las conversaciones? L-M - Yo no puedo formar parte de esa comisión que es exclusivamente a nivel gubernamental y no parlamentario. No obstante, estoy siguiendo las informaciones que me llegan e intento estar pendiente para que se cumpla lo que acordamos por unanimidad en el Congreso de los diputados.

- ¿Cree usted que esa Comisión se llegue a concretar en el plazo establecido? L-M - No es que crea sino que debe hacerse así. Confío que el gobierno de Zapatero cumpla, pues en otro caso sería una burla no solo a las autoridades uruguayas sino también al parlamento español que tomó dicho Acuerdo por unanimidad.

No queremos olvidar que este tema viene arrastrándose desde muchos años atrás y muchos reclamos de uruguayos y sentencias judiciales ocurrieron durante el gobierno del Sr. Aznar, y que fue durante éste y el del Dr. Batlle que se puso sobre el tapete y se consideró oportuna la creación de una Comisión integrada por los Ministros Ana Palacio y Didier Opertti. Comisión que nunca llegó siquiera a integrarse. - Dentro del Partido Popular ¿hay concienciación sobre este reclamo uruguayo? L-M - Precisamente ha sido el Partido Popular el que presentó la iniciativa y solicitó su inmediata inclusión en el orden del día de la primera Comisión de Asuntos Exteriores, arrastrando consigo la otra iniciativa del grupo gallego. Somos conscientes que el asunto tiene una parte técnico-jurídica compleja, y así ésta primó en otro tiempo. Pero junto a ello, tiene una dimensión política que no se puede ignorar y es precisamente desde esta perspectiva como impulsamos una solución política que tiene que estar presidida por la buena voluntad y la confianza recíproca.

La Unión Europea reconoce a los países miembros el derecho a cumplir los Tratados Internacionales que hubiesen firmado anteriormente al Tratado de Schengen; por otra parte diversas sentencias judiciales, incluida una del Tribunal Supremo han avalado el derecho de los uruguayos a vivir y trabajar en España, no obstante esto, un número importante de uruguayos ha sido expulsado aduciendo el cumplimiento de la Ley de Extranjería. - Teniendo en cuenta que los países deben acatar los Tratados internacionales aún por encima de sus leyes internas ¿Cree usted que España está obligada a reconocer el Tratado de 1870 y su plena vigencia?, ¿En qué situación se encuentra al no hacerlo? L-M - Para nosotros, el Tratado de 1870 está vigente y no ha sido denunciado por lo cual, con un status jurídico muy relevante desde un punto de vista de jerarquía normativa según dispone la Constitución española, forma parte del derecho español aplicable. -

¿Cuántas veces más deberá fallar un Tribunal para que las sentencias se conviertan en Ley de Obligado Cumplimiento. L- M -El sistema requiere que quien considere que la Administración no ha actuado correctamente puede acudir a los tribunales y la decisión de éstos solo se le aplicaría, en principio, a ese recurrente. No obstante, cuando las sentencias son reiteradas en un mismo sentido, la Administración puede y debe acomodar su criterio a lo resuelto reiteradamente por los Tribunales, cosa que en este caso no se ha hecho pues la Administración ha seguido ofuscada en una interpretación excesivamente rigurosa y que los tribunales han desestimado en muy diversas ocasiones. Además llama la atención que a pesar de que las sentencias le son desfavorables, el Abogado del Estado no recurre al Tribunal Supremo pues si éste tuviera la oportunidad de ratificar la doctrina emanada de los Tribunales Superiores de Justicia en las Comunidades Autónomas, su criterio sería de especial contundencia y valor al tratarse del máximo órgano jurisdiccional en España. Al no recurrirse, se está intentando evitar esto.

- Varios uruguayos han sido expulsados después que el PP presentara la moción, aprobada en el Parlamento Español, instando al Gobierno a dar respuesta satisfactoria a la situación de los emigrantes uruguayos. Solamente queremos saber que opinión le merece ese acto. L-M -Mi actuación en el asunto del tratado de 1870 no ha sido solo presentar la iniciativa en nombre del PP y conseguir que se aprobara sino que he seguido pendiente de modo que cuando me ha llegado la información acerca de las recientes expulsiones he interpelado reglamentariamente al gobierno de España para conocer si en esas expulsiones se ha tenido en cuenta lo acordado recientemente por el Congreso acerca de la Comisión que ha de constituirse y resolver este asunto aplicando la regla de la condición más beneficiosa. He de confesar que me inquieta que el gobierno haya retomado interés en volver a expulsar a uruguayos después de lo aprobado por el Congreso el 21 de diciembre en lugar de demorar esas expulsiones hasta que en breve plazo esa Comisión de ambos países aborde el asunto y aporte una solución no solo definitiva sino también razonable.

- ¿Seguirá usted y su Partido, extendiendo sus manos hacia nuestro país? L-M -Mi compromiso personal y el del Partido Popular con la República Oriental de Uruguay se extiende en el tiempo y más allá del asunto concreto que ha motivado nuestra iniciativa parlamentaria. Ésta y su seguimiento no es sino manifestación de esa vinculación hermana con los uruguayos para lo cual nuestra especial relación con el Partido Nacional hace que se robustezcan nuestro afecto hacia una nación tan querida por nosotros.

Más de 20 sentencias favorables a los derechos innegables que el Tratado otorga a los uruguayos que viven en España, ningún juicio perdido; una sentencia del Tribunal Supremo parecerían ser razones más que contundentes pero la inflexibilidad del actual gobierno español no parece tener en cuenta los Derechos Internacionales ni la recomendaciones de su propio Parlamento.

* Jesús López-Medel Báscones, Diputado del Grupo Parlamentario Popular en las VI y VII legislaturas, por Madrid en la última, por Cantabria en la VI. Abogado del Estado, Profesor de Derecho Administrativo. Autor de diversas publicaciones y libros jurídicos. Académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.

*2 El 21 de diciembre pasado la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de Diputados de España unificó el estudio de dos expedientes, presentados en diferente fecha por distintos grupos parlamentarios, referidos ambos al Tratado de Reconocimiento, Paz y Amistad firmado por este país y Uruguay en el año 1870 y, a la situación de los ciudadanos uruguayos que residen en España. Se trata del Expediente 161/000855*3 titulado “Sobre el cumplimiento del Tratado de Paz y Amistad entre España y Uruguay” y presentado por el GIV, IU, ICV y G.P. el 19 de abril del 2005, y al expediente 161/001351 titulado “Relativo al reconocimiento del status de los Ciudadanos Uruguayos en España”, presentado por el Grupo Parlamentario Popular en este mismo mes. Por unanimidad se aprobó una Resolución que dice: ¨El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, ante la controversia surgida acerca de la interpretación del Tratado de reconocimiento, amistad y cooperación de 1870 con la República Oriental del Uruguay, y las implicaciones de la legislación española, y de las obligaciones de España con le Unión Europea, así como de la diversa jurisprudencia española en esta materia, se aborde en el plazo máximo de cuatro meses conjuntamente con la autoridades uruguayas, en el marco de la Comisión de alto nivel prevista en el Tratado general de cooperación y amistad de 1992, la cuestión del régimen de entrada, trabajo y residencia de los ciudadanos uruguayos mediante la aplicación de los criterios más favorables.” De los 120 días sugeridos como plazo han transcurrido, sin que se hayan movido fichas, cuarenta y dos de una cuenta atrás que se asemeja más a una pulseada para vencer por cansancio y desidia que a una negociación en busca de soluciones.

 

*3 A LA MESA DEL CONGRESO DE DIPUTADOS



Al amparo de lo establecido en el Reglamento de
la Cámara, los Grupos parlamentarios abajo firmantes presentan la siguiente Proposición no de ley sobre el cumplimiento del Tratado de Paz y Amistad entre España y Uruguay, para su debate en la Comisión de Asuntos Exteriores.Exposición de motivos

Los acontecimientos políticos de los últimos tiempos, en especial los cambios de Gobierno en España y el reciente cambio en Uruguay con la victoria del Encuentro Progresista-Frente Amplio-Nueva Mayoría el pasado mes de octubre de 2004 y la asunción presidencial del Presidente Tabaré Vázquez el pasado 1 de marzo de 2005, posibilitan que deba producirse una necesaria revisión estratégica con carácter urgente del cumplimiento del Tratado de Reconocimiento, Paz y Amistad hispano-uruguayo de 1870.

Desde la aprobación del Tratado General de Cooperación y Amistad entre
la República Oriental del Uruguay y el Reino de España de 1992, que en absoluto cuestiona los principios y la vigencia del Tratado de 1870, es necesario alertar que se han producido numerosas vulneraciones de los derechos de los ciudadanos uruguayos residentes en territorio español, que han sido sometidos a la legislación de extranjería y han visto denegadas en vía administrativa sus solicitudes de reconocimiento de los derechos a residir y trabajar en territorio español derivados del mencionado instrumento bilateral, ofreciéndoseles pues como única vía el recurso contencioso-administrativo, con la gravedad económica y temporal que conlleva.
Y ello, a pesar de la claridad del artículo 8 del Tratado («los súbditos españoles en
la República Oriental de Uruguay y los ciudadanos de la República de España podrán ejercer libremente sus oficios y profesiones, poseer, comprar y vender al por mayor y menor toda especie de bienes y propiedades, muebles e inmuebles, extraer del país valores íntegramente, deponer de ellos en vida o muerte, y suceder en los mismos por testamento o abintestato, todo con arreglo a las leyes del país en los mismos términos y condiciones y adeudos que usen o usaren los de la nación más favorecida») y la rotundidad de la jurisprudencia que confirma su vigencia.

El Senado uruguayo ha reconocido expresamente la vigencia del tratado del año 1870 y su no derogación por el Tratado del año 1992, y la formulación expresa de que los derechos reconocidos deben ser respetados por las partes firmantes del Tratado de 1870, declaración que hasta el momento no ha sido correspondida por otra en igual sentido del Gobierno español, en especial en la época del Gobierno del Partido Popular, que ha negado sistemáticamente y de mala fe, el reconocimiento de los derechos de los ciudadanos uruguayos amparados en base al artículo 8 del Tratado de 1870.

Asimismo, el Presidente de Uruguay Dr. Tabaré Vázquez, en su discurso inicial de investidura, reclamó públicamente el cumplimiento de los acuerdos internacionales y expresó su preocupación por los ciudadanos de la diáspora y la necesidad de combatir las causas económicas que generan la emigración. En este sentido, la cooperación económica con Uruguay se torna más necesaria que nunca, en base a fomentar el desarrollo de los sectores productivos que permitan un asentamiento de su población y un freno a las migraciones, que afectan en la actualidad, debido a las políticas neoliberales de los Gobiernos anteriores, a un 15% de la población uruguaya.


Tampoco debemos olvidar los antecedentes históricos, sociales, culturales y económicos que han unido a ambas naciones, ni el hecho que Uruguay haya recibido durante decenas a ciudadanos españoles, en una buena proporción de procedencia gallega, con las máximas garantías, condiciones legales y sociales, sobre la base de la aplicación y reconocimiento del Tratado bilateral.

Igualmente es destacable la integración social y laboral de los ciudadanos uruguayos en territorio español, con un arraigo muy fuerte en diversos puntos de la geografía estatal, y es precisamente, teniendo en cuenta este arraigo social y laboral, que numerosos colectivos de ciudadanos uruguayos en el Estado vienen reclamando en los últimos años el reconocimiento de sus derechos y mantienen una lucha activa en base a una plena integración legal, social y económica.

En las actuales circunstancias políticas de Uruguay y pasado un año del cambio de Gobierno en España, es necesario reclamarle al Gobierno español que reconsidere la posición asumida por la antigua administración, con relación al Tratado de 1870 y que se comprometa a garantizar el respeto y el cumplimiento de la normativa internacional vigente, representada en este momento por los Tratados bilaterales de 1870 y de 1992 y, en su virtud, que reconozca a todos los ciudadanos uruguayos los derechos que de los mismos derivan, incluido el de residir y trabajar legalmente en territorio español.

Por todo ello, se presenta la siguiente

Proposición no de ley

El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a respetar la legalidad internacional y a cumplir las resoluciones judiciales que confirman la validez y vigencia del Tratado hispano-uruguayo de Paz y Amistad de 1870 y, en su virtud, reconocer a los ciudadanos uruguayos el derecho a residir y a trabajar libremente en territorio español tal y como establece el artículo 8 del citado Tratado, sin imponerles la carga de recurrir judicialmente.


Palacio del Congreso de los Diputados Madrid, 19 de abril de 2005


Joan Herrera Torres Olaia Fernández Davila
Portavoz G.P. Izquierda Verde-IU-ICV Bloque Nacionalista Galego

Graciela Vera, periodista independiente, en Almería, en el sur del norte, a 3 de febrero de 2006.

EXPEDIENTE 161/000855 DEL CONGRESO DE DIPUTADOS DE ESPAÑA

El 21 de diciembre pasado la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de Diputados de España unificó el estudio de dos expedientes, presentados en diferente fecha por distintos grupos parlamentarios, referidos ambos al Tratado de Reconocimiento, Paz y Amistad firmado por este país y Uruguay en el año 1870 y, a la situación de los ciudadanos uruguayos que residen en España.

Se trata del Expediente 161/000855 titulado “Sobre el cumplimiento del Tratado de Paz y Amistad entre España y Uruguay” y presentado por el GIV, IU, ICV y G.P. el 19 de abril del 2005, y al expediente 161/001351 titulado “Relativo al reconocimiento del status de los Ciudadanos Uruguayos en España”, presentado por el Grupo Parlamentario Popular en este mismo mes.

Por unanimidad se aprobó una Resolución que dice: ¨El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, ante la controversia surgida acerca de la interpretación del Tratado de reconocimiento, amistad y cooperación de 1870 con la República Oriental del Uruguay, y las implicaciones de la legislación española, y de las obligaciones de España con le Unión Europea, así como de la diversa jurisprudencia española en esta materia, se aborde en el plazo máximo de cuatro meses conjuntamente con la autoridades uruguayas, en el marco de la Comisión de alto nivel prevista en el Tratado general de cooperación y amistad de 1992, la cuestión del régimen de entrada, trabajo y residencia de los ciudadanos uruguayos mediante la aplicación de los criterios más favorables.

De los 120 días sugeridos como plazo han transcurrido, sin que se hayan movido fichas, cuarenta y dos de una cuenta atrás que se asemeja más a una pulseada para vencer por cansancio y desidia que a una negociación en busca de soluciones.

G.Vera

Exposición Escrita del dip. M. Trobo a la Cámara de Representantes de Uruguay

Exposición Escrita del dip. M. Trobo a la Cámara de Representantes de Uruguay

Montevideo, 17 de enero de 2006.

Señora Presidente de laCámara de Representantes Dip. Nora Castro

P r e s e n t e

EXPOSICION ESCRITA

El 21 de Diciembre de 2005 la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de los Diputados de España, aprobó por unanimidad una resolución como resultado del tratamiento de sendos expedientes parlamentarios denominados en la nomenclatura del mencionado Congreso “Proposición no de Ley¨, relacionada con el Tratado de Amistad de Uruguay y España firmado en 1870, y el tratamiento a los uruguayos que residen o procuran radicarse en ese País.

Los mencionados expedientes se titulan ¨Sobre el cumplimiento del Tratado de Paz y Amistad entre España y Uruguay. Presentado por el GIV,IU,ICV,G (Número de Expediente 161/000855)¨, y ¨Relativa al reconocimiento del status de los Ciudadanos Uruguayos en España. Presentado por el Grupo Parlamentario Popular (Número de expediente 161/001351)¨ según lo consigna la publicación oficial del Congreso de los Diputados No. 458, de 21 de Diciembre de 2005 relativo a la Comisión de Asuntos Exteriores, VIII Legislatura, Sesión No. 26, presidida por el Diputado Joseph Antoni Duran i Lleida. El texto de la Resolución dice: ¨El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que, ante la controversia surgida acerca de la interpretación del Tratado de reconocimiento, amistad y cooperación de 1870 con la República Oriental del Uruguay, y las implicaciones de la legislación española, y de las obligaciones de España con le Unión Europea, así como de la diversa jurisprudencia española en esta materia, se aborde en el plazo máximo de cuatro meses conjuntamente con la autoridades uruguayas, en el marco de la Comisión de alto nivel prevista en el Tratado general de cooperación y amistad de 1992, la cuestión del régimen de entrada, trabajo y residencia de los ciudadanos uruguayos mediante la aplicación de los criterios más favorables¨.

Este texto que resultó como transacción para que fuera apoyado por todos los grupos parlamentarios, quienes a través de sus portavoces expresaron su acuerdo con la necesidad de que la administración española, tenga en cuenta las especiales condiciones de la relación con Uruguay en asuntos migratorios, históricamente regulados por el tratado de 1870, constituye a nuestro juicio el hecho político mas relevante para los intereses del Uruguay, desde que nace la actual controversia respecto de su vigencia.

Naturalmente, nuestro Ministerio de Relaciones Exteriores cuenta con esta información, y estimamos que ha dispuesto acciones a fin de lograr que el propósito expresado en la resolución se realice, esto es disponer la reunión de la Comisión de alto nivel que prevé el Tratado de 1992.

Entre los últimos días de Diciembre pasado y los primeros del mes de Enero corriente, fueron expulsados del territorio español dos compatriotas por ¨la infracción administrativa de estar en situación irregular en territorio español¨ , ha ocurrido lo que procuramos evitar todos quienes tienen interés y han puesto trabajo y dedicación a que la vigencia de un régimen especial que surge del Tratado de 1870 y que ha beneficiado por mas de una centuria a los españoles en nuestro país, sea reconocido par los uruguayos en España.

Estas dolorosas situaciones para quien las viven y sus familias son justificativo suficiente para que, en conocimiento de la resolución parlamentaria del Congreso de los Diputados, nuestra diplomacia procure de inmediato la conformación del ámbito de negociación recomendado.

Debe tenerse en cuenta que la cuestión debe ser resuelta en un plazo no mayor a los cuatro meses, según lo establece la voluntad política de partidos de gobierno y de oposición, por ello habiendo transcurrido la mitad del mes de Enero del 2006, es prudente tomar las acciones diplomáticas y políticas correspondientes para que de inmediato comience la negociación.

La presente exposición escrita tiene por objeto reclamar del Ministerio de Relaciones Exteriores la inmediata practica de acciones que permitan que la voluntad manifestada por los partidos políticos españoles el 21 de Diciembre pasado resulte en el establecimiento de un régimen especial para nuestros compatriotas en ese País al amparo de las disposiciones del Tratado de 1870.

Solicito que la presente exposición escrita sea enviada al Ministerio de Relaciones Exteriores, a las Comisiones de Asuntos Internacionales de ambas Cámaras, a la Embajada de España en el Uruguay, a la Embajada de Uruguay en España, al Secretario de la Presidencia de la República así como a las entidades de compatriotas radicados en España.

Jaime Mario Trobo

Representante Nacional

 

ENTREVISTA AL DIPUTADO JAIME TROBO

La expulsión de España de otro inmigrante uruguayo por carecer de permiso de residencia no debería resultar extraño en el marco de la ley de extranjería.

No es el primero aunque desearíamos fuera el último de una lista que no debería haberse producido.

Una esperanza que a esta altura de los sucesos parece bastante utópica.

El Gobierno de España agota objeciones ante el persistente reclamo uruguayo por el cumplimiento de los términos establecidos en el Tratado de 1870 entre ambas naciones.

Varios legisladores y políticos uruguayos se han mantenido alerta y realizado un trabajo –algunas veces silencioso, otras en voz alta- de concienciación de congresistas y autoridades partidarias de España de que los uruguayos solamente piden lo que por Derecho Internacional les pertenece.

El 21 de diciembre pasado Jesús López-Medel del Partido Popular presentó ante la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de Diputados de España una ponencia que dio paso, por enorme mayoría, a la recomendación de la creación de una Comisión que, integrada por los Cancilleres de ambos países, diera respuesta en un plazo máximo de cuatro meses, a la controversia que mantienen los dos países.

Ha pasado ya un mes de los cuatro estipulados y no hay ni Comisión ni interés manifiesto por parte del gobierno del Sr. Rodríguez Zapatero de reconocer los derechos de los uruguayos en España; tampoco conocemos una ostensible insistencia de parte de las autoridades competentes uruguayas, en forzar la discusión del tema.

ENTREVISTA AL DIPUTADO JAIME TROBO*1sobre el Tratado de Paz, Amistad y Cooperación firmado entre la República O. del Uruguay y el Reino de España en 1870

- La masiva emigración de uruguayos hacia España y las restricciones impuestas por los gobiernos de este país ha hecho resurgir un Tratado Internacional que por décadas estuvo, como suele decirse, en el fondo de los cajones. ¿Cuándo tomó usted, Diputado Trobo, la bandera en este asunto y porqué? - No creo que se pueda afirmar que estuvo en el fondo de los cajones, por lo menos no lo estuvo nunca para Uruguay que lo ha cumplido a rajatabla desde su firma en el S. XIX. Las cláusulas referidas a los inmigrantes y sus derechos en el momento de la firma favorecían más a España que a Uruguay. En aquella época 1870 en realidad lo que se pretendía con las disposiciones del art. 8 es que Uruguay respetara los derechos de los españoles, que no fuera para ellos dificultoso adquirir la condición de residentes aún cuando habían llegado como colonizadores o como súbditos de la potencia dominante. En aquel momento pocos o ningún uruguayo pretendían radicarse en España, esta era la tierra de promisión, no aquella. Luego durante el S. XX el Tratado se aplicó como no podía ser de otra manera a todos quienes llegaban desde España a nuestras tierras, vinieran ‘expulsados de su madre patria’ por razones económicas, políticas, o las que fuera. Así muchas familias uruguayas tenemos el orgullo de descender de antepasados españoles. Cuando España, mucho mas preocupada por su condición de país europeo que por la de contraparte de un acuerdo internacional plenamente vigente, recurre a una interpretación inadecuada y lesiva al interés de Uruguay sobre la aplicación de un Tratado firmado en 1992, que según los burócratas derogaron las disposiciones del de 1870, nos surge la preocupación que compartimos con muchos compatriotas, que por cierto ha tenido y tiene el Gobierno de Uruguay, de hacer todos los esfuerzos para derribar este injusto obstáculo que se parece mucho mas a una ¨chicana¨ jurídica que a una interpretación amistosa y que se corresponda con la tradición. Conocer esta situación me sensibilizó y empecé a trabajar duro hace mas de tres años; convocamos a la Cancillería al Parlamento, presentamos iniciativas en la Cámara de Diputados atinentes al tema, contribuimos con contactos informales a despertar interés en el tema en España mismo y como ‘tanto va el cántaro al agua que al final se rompe’, logramos que coincidieran varias circunstancias y que madurara la aprobación de una expresión política plural en el Parlamento español en línea con la preocupación uruguaya. Lo hemos hecho con mucho gusto, en silencio muchas veces pero con tenacidad.

- Antes de continuar con nuestra conversación me interesa saber si usted considera que Uruguay ha cumplido el Tratado cuando le tocó ocupar en forma prioritaria el papel de país receptor. - Lo ha cumplido y lo digo con satisfacción y orgullo a través de toda la larga historia de este Tratado, no solo porque una de las características de nuestro País es el cumplimiento de sus obligaciones, sino porque la defensa de las patrias chicas es el derecho y especialmente el derecho internacional, si así no fuera nos sería muy difícil existir. Pero además si uno analiza la historia de la emigración española hacia nuestro Uruguay, se encontrará con innumerables demostraciones que esto ha sido así. Usted sabe que Uruguay es el único país de Latinoamérica que no puso cuotas ni condiciones de capacitación al ingreso de inmigrantes europeos ni españoles en su historia. Mientras tanto otros países, inclusive los EEUU lo hicieron, también lo hizo Brasil, Argentina, Venezuela, etc.

- En el transcurso de una entrevista, autoridades españolas me dijeron que cumplir los Tratados sería como abrir la puerta, refiriéndose a los distintos Tratados que España ha firmado con países americanos y dando a entender que el gobierno español descartaba el cumplirlos. ¿Puede un país – y esta pregunta no la hago refiriéndome a ninguno en concreto – dentro de la legislación internacional, dejar de cumplir un Tratado sin que surjan sanciones de algún tipo? - El Tratado de 1870 con Uruguay, no tiene similares en otros firmados en aquella época por España con otro país de América. Es un caso excepcional y como tal debe encararlo el Gobierno y la Administración española, pero además la base de la amistad es la confianza y no creo yo que razonablemente un gobernante español del sector político que sea pueda arriesgarse a dejar de cumplir deliberadamente un Tratado que nuestro país ha cumplido escrupulosamente, porque ello suponga ‘abrir una puerta’, la nuestra estuvo abierta años y lo sigue estando con infinitas menos posibilidades que las que tiene la España de hoy, a la que le admiramos el desarrollo y la capacidad de crecer como gran país.

- En relación al Tratado de 1870 entre Uruguay y España, este último país aduce que los firmados posteriormente con la Unión Europea lo anularía; sin embargo la legislación europea descarta tal hecho al respetar los acuerdos entre los países miembros y terceros, anteriores a la firma del Tratado de Schengen ¿porqué Uruguay no reclama que España se ajuste a la verdad cuando aduce que por pertenecer a la UE no puede cumplir Tratados anteriores? - El argumento que se ha manejado insistentemente está relacionado con la derogación tácita de las cláusulas sobre derechos de los inmigrantes que operaría como consecuencia de la firma del Tratado de 1992. ¡A quien se le ocurre que Uruguay firmaría un acuerdo posterior que afectara los derechos que mantenían sus nacionales!, es una interpretación antojadiza. En otro orden la legislación europea habilita como corresponde, pues es una organización integrada por Estados que asumieron y mantienen vigentes compromisos anteriores, a mantener los efectos de los Tratados que anteriormente se hubieren firmado.Permítame que le agregue que en decenas de sentencias en tribunales españoles se reconoce el derecho de los uruguayos a regirse por las disposiciones del Tratado de 1870, y la abogacía del Estado ha dejado de apelar las sentencias para que no lleguen al Tribunal Supremo y ha recomendado aceptar las sentencias, pues una actuación de esta entidad superior respaldando la vigencia del Tratado daría por tierra estrepitosamente con la tesis que ha desarrollado la burocracia.

- Usted, junto al Legislador Pintado*2 y al ex presidente Sanguineti*3 entre otros, viene realizando un trabajo muy positivo para concienciar a los distintos partidos políticos españoles sobre este asunto ¿considera usted el resultado obtenido todo lo satisfactorio que se esperaba? - Dentro de las acciones que propiciamos en Uruguay, en el mes de julio redactamos y propiciamos la aprobación de una Resolución de la Cámara de Diputados en nuestro País que reclamaba respetuosamente al Parlamento Español el cumplimiento del alcance del Tratado de 1870. Fui el redactor de esa Resolución la que fue acogida favorablemente por la Comisión de Asuntos Internacionales primero y por la Cámara después y se trasmitió oficialmente a las Cortes –Congreso de los Diputados y Senado-. Pocos días después visitaron nuestro País dos diputados españoles, del Partido Popular Jesús López Medel con quien hacía ya dos años mantenía contactos informándole sobre este tema y solicitando su colaboración, y del Partido Socialista Elviro Aranda. Asistían a un evento organizado por nuestro Parlamento, su visita fue importante y en el marco de la misma mantuvimos una reunión a la que asistí en representación del Partido Nacional, el Diputado E. Pintado del Frente Amplio y el Diputado W. Abdala del Partido Colorado. Creo que pudieron tomar nota que la preocupación era compartida por todas las fuerzas políticas de Uruguay y valía la pena prestarle atención.Pocos días después López Medel me informaba que el Partido Popular analizaba la presentación de una proposición no de ley respaldando la posición de Uruguay, tenía el a su cargo la preparación del tema.Con posterioridad una delegación de nuestro país presidida por la Presidente de la Cámara de Diputados asistió a la Cumbre de Parlamentarios de Iberoamérica que se realizó en Salamanca y allí, acompañada de parlamentarios de todos los partidos de Uruguay se entrevistó con Manuel Marín a quien se le expresó la posición de Uruguay. En esos días la Vicepresidente del Gobierno Español visitó Uruguay y naturalmente le fue planteado el tema por la Cancillería y en declaraciones a la prensa hizo mención a la resolución que habíamos tomado en el Parlamento.Existía en el Congreso español una iniciativa de varios grupos parlamentarios, a saber Izquierda Unida, BNG, y otros partidos, que no conseguía ser incluida en los debates por carecer de apoyos en la Junta de Portavoces, en realidad la ponencia presentada por el Partido Popular bajo la firma de Eduardo Zaplana que fuera elaborada por López Medel fue determinante, pues acompañaba también con el peso parlamentario de este Partido amigo el interés en considerarla pronto. Y por ventura así fue, el 21 de diciembre se incluyeron las dos en el debate de la Comisión de Asuntos Exteriores que por cierto seguí por internet con angustia y emoción.En esos días encabezamos el desarrollo de intensas gestiones desde Uruguay y desde nuestra representación en España. Procuramos hablar con la totalidad de los miembros de la Comisión de los distintos Partidos españoles, en este trabajo desde el ExPresidente Julio María Sanguinetti, el Ministro de Turismo y Deporte Héctor Lezcano, el Diputado Pintado a quien en una reunión de Portavoces en nuestro parlamento comisionamos para que viajara a España en esos días, otros parlamentarios también tomamos contacto con quienes tenían a su cargo la decisión y realmente logramos el objetivo. Pero lo que recuerdo con mas simpatía y orgullo es lo que nos refirieron nuestros interlocutores, sobre el respeto y la consideración que tienen de Uruguay por la forma en la que recibió a los emigrantes españoles fuera la razón que fuera su salida de su madre tierra. Diputados catalanes, vascos, canarios, gallegos, asturianos, en fin de las distintas partes y Partidos de España nos hicieron enorgullecer del Uruguay.

- La moción presentada en el Parlamento de España por el Diputado Jesús López-Medel del Partido Popular ¿Qué efecto legislativo considera usted que tiene? - La propuesta del Partido Popular que elaboró y llevó López Medel concluía en expresar el reconocimiento de la vigencia del Tratado y la necesidad de que la Administración española lo aplicara sin mas trámite. También concluían en ello los Partidos que habían presentado sus propias iniciativas al respecto en el mes de abril de 2005. La resolución de la Comisión de Asuntos Exteriores que expresa un temperamento y posición política del Congreso sobre el tema, es el resultado de una moción transaccional que reclamó el Partido Socialista cuando estimó que estará en minoría frente a los demás partidos, y entonces surge la definitiva que establece un plazo de cuatro meses – de los que ya han corrido 30 días- para que los gobiernos de España y Uruguay en una comisión de Alto Nivel analicen un tratamiento a los emigrantes correspondiéndose con la situación especial, la jurisprudencia que insistimos respetuosamente nosotros que debía ser incluida en el texto, y la determinación de un régimen preferente para nuestros compatriotas. El enorme peso que tiene una resolución unánime surge de la lectura de las actas y significa un compromiso serio, muy serio para la actual Administración española.No puedo dejar de tener un reconocimiento por el gran amigo de Uruguay que ha resultado ser el Diputado López Medel, realmente ha sido admirable su trabajo, su contracción a estudiar el tema, su desarrollo argumental para lograr el apoyo de su Partido nada mas ni nada menos que el segundo de España, esto lo debemos valorar mucho.

- A partir de la intervención del diputado López-Medel surgió la recomendación de creación de una Comisión integrada por los Cancilleres de ambos países. Comisión ésta que, tengo entendido, aún no se ha reunido ni fijado pautas de trabajo y que en definitiva no hace más que reemplazar la que supuestamente debió haberse creado durante los respectivos gobiernos anteriores y que nunca, tampoco, dio respuesta a este problema. ¿Sigue usted de cerca y qué es lo que ve, cree ver, analiza y considera sobre este particular? - La Comisión ya debería estar funcionando, como resultado del tradicional respeto y amistad de nuestros pueblos, por respeto de la trascendente resolución de la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso Español, como consecuencia de la resolución que oportunamente tomó nuestra Cámara de Diputados, en fin por muchas razones mas, los gobiernos de ambos países ya deberían estar trabajando.

- En las últimas semanas se ha expulsado de territorio español a otro uruguayo ¿considera usted que se está violando el periodo de negociación establecido? - Lamentablemente han sido dos, uno en Toledo y el otro en Ibiza. Ocurrió pocos días después de la resolución parlamentaria y es una pena que no se haya reparado en ella para actuar. No obstante, si a la Cancillería de Uruguay le faltaba una razón para ‘mover ficha’, aunque sea esta dolorosa circunstancia, debe aprovechar la ocasión para plantear a España que es necesario establecer este ámbito ya y ahora.

- La reiteración de sentencias favorables a uruguayos que se han acogido en España al Tratado, incluso con una del Tribunal Supremo de España, parecerían resultar de poco peso ante las autoridades de este país ¿se ha buscado sentar jurisprudencia? -Creo que mas arriba hice referencia a este tema. No podemos seguir esperando que el reclamante tenga dinero y tiempo para seguir un juicio para que se consagre un derecho que existe y debe ser respetado, no queda tiempo para vericuetos. Si desde la negociación diplomática sustentada en una fuerte voluntad política expresada claramente en estas horas no se llega a una salida para el reconocimiento del derecho de los uruguayos es natural que la gente sienta descreimiento en la política y los políticos, por ello debemos esforzarnos.

- ¿Porqué no se trabaja en reclamar jurídicamente la vigencia de este Tratado? ¿Puede el Partido Nacional, si otros sectores no se sumaran a la iniciativa, impulsar por este medio el cumplimiento del Tratado. - El camino que estamos recorriendo, confieso que es el resultado de un impulso extraordinario, quizás no diseñado como estrategia sino como consecuencia de varios factores que se han ordenado justamente ahora. Pero aún así los resultados que hemos logrado, que son altamente auspiciosos, no pueden desaprovecharse. Hay cuestiones que corresponden formalmente a la negociación diplomática y en ello la responsabilidad la tiene el Gobierno, que en el Uruguay no corresponde a nuestro Partido, sin perjuicio de lo cual hay muestras claras que desde la oposición y en los temas de mucha importancia para el Uruguay no escatimamos esfuerzos para su solución.

- Miles de uruguayos están pendientes de los resultados de este problema; se han manifestado interesados en vuestra visita a España y el trabajo que realizabais? - Hemos recibido mensajes ambivalentes. Muchos que reconocieron y reconocen el resultado parcial que hemos logrado, otros quizás con justificado escepticismo dudan que se logre un buen resultado. Veo expresiones sinceras de muchos a quienes no les importa el signo político de quienes llevamos adelante estas acciones, y veo la de algunos a quienes parece fastidiarles que alguien que no es de su partido se ocupe de estos temas y sea eficaz, pero así son las cosas, cada uno hace lo que le manda su conciencia. Nosotros estamos muy comprometidos en el tema, tanto que en la página del sector político que integramos http://www.herrerismo.com.uy/ hemos incluido una sección dedicada a informaciones sobre el tema y desde allí es posible enviar a los Diputados Españoles correos expresando adhesión a la vigencia del Tratado.

- En los acuerdos que alcancen ambos países, suponiendo que no estuvieran a la altura de las expectativas de los uruguayos ¿tiene el Parlamento uruguayo facultades para impugnarlos y dejarlos sin efecto? - Creo que como consecuencia de una negociación inteligente que siga el espíritu de la declaración del Congreso y la de nuestra Resolución se puede consagrar el reconocimiento del alcance del Tratado. Quizás sea con la firma de un Tratado de Doble Nacionalidad que reconozca derechos especiales a los Uruguayos como los han tenido y los tienen los Españoles en nuestro Uruguay.

- El Tratado de 1992 firmado por los entonces presidentes Luis Alberto Lacalle y Felipe González, ratifica el de 1870. ¿Qué peso puede dársele? - Una interpretación rebuscada de cierta burocracia española dice lo contrario lo que es a nuestro juicio un desatino. El tratado del 92 en todo caso agrega, no deroga y minimiza los acuerdos de 1870.

- ¿Porqué no se han constituido aún las Comisiones de trabajo conjunto fijadas por ese Tratado? - Espero que en estas horas se comience a trabajar en esta Comisión.

En la última semana los diputados Jesús López-Medel y Jaime Mario Trobo han realizado sendas solicitudes de informe en sus respectivos países. El Tratado plenamente vigente de 1870, no es reconocido por Extranjería de España. No hay ninguna muestra de voluntad política por parte del gobierno peninsular que haga pensar que se va a tener en cuenta la igualdad de derechos como nación más favorecida, tal lo que establece el artículo 8 del mismo.

*1 Jaime Trobo, diputado del Partido Nacional por Montevideo, integrante de la lista 71 del Herrerismo.

*2 Enrique Pintado, diputado del Partido Encuentro Progresista – Frente Amplio por Montevideo, lista Nueva Mayoría.

*3 Julio María Sanguineti, Partido Colorado, ex presidente de la República durante los periodos 1985-1990 y 1995-2000.

Graciela Vera, periodista independiente, en Almería, en el sur del norte, a 27 de enero

UN AMIGO DE LOS URUGUAYOS

EL DIPUTADO POPULAR J. LÓPEZ-MEDEL VIGILA POR NOSOTROS

No resulta el mejor momento para que los Ministros de Relaciones Exteriores de España y de Uruguay se enfrasquen en la negociación de un Tratado firmado hace más de 135 años.

Y no lo es, no porque no sea necesario sino porque en Uruguay es verano, época de vacaciones; interrumpidas en esta ocasión por el hasta ahora problema y quizás muy pronto conflicto en toda regla, con la Argentina por la instalación de las fábricas de papel.

En España el escenario político no necesita salir de fronteras para encontrar situaciones discordantes y, si mantener unida a España y tranquilos a los militares no ocasionara ya suficientes dolores de cabeza al Gobierno, desde el exterior los EEUU, entre comentarios extraoficiales y vetos, mantienen sobre ascuas al Canciller

Definitivamente, no es el mejor momento para distraer a los ministros; la situación exterior de los dos países puede ponerse como excusa porque simplemente, cuando una parte no tiene interés en dar solución a un problema, la otra encuentra que es casi imposible coordinar la agenda de reuniones.

Recordamos que en febrero del 2004 los cancilleres Ana Palacio de España y Didier Operti de Uruguay, habían acordado de buen talante iniciar una ronda de conversaciones para dar solución al tema.

¿Solucionar la situación de los uruguayos que han venido a España a trabajar y traer parte de su cultura traducida en una educación que está por encima de la media nacional?

En este problema no hay nada que solucionar porque no hay más que dos opciones: cumplir con el Tratado Internacional de 1870, que ha sido reconocido por Jueces de distintos Tribunales, incluidos los del Supremo de España; o no cumplirlo aduciendo que en este momento no es posible porque los intereses españoles no son los beneficiados.

El problema, si lo hay, es para España y radica en la falta de credibilidad que en el futuro pueden reconocerle cuando sus gobernantes firmen algún acuerdo o tratado internacional.

Sin embargo y por la actitud asumida por este Gobierno, ‘el tema le cae flojo al presidente José Luis Rodríguez Zapatero y sus asesores en inmigración.

PARLAMENTARIOS DE LOS DOS PAÍSES AÚNAN ESFUERZOS

En el mes de diciembre los diputados uruguayos Jaime Trobo (Partido Nacional) y Enrique Pintado (Frente Amplio) mantuvieron una serie de contactos con legisladores españoles.

La recepción fue muy buena, especialmente entre los representantes del Partido Popular.

Precisamente fue el diputado Jesús López-Medel del PP quién presentó una proposición no de ley para que la validez del Tratado de 1870 y la situación de los uruguayos en la península figurara en el orden del día de la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso de Diputados de España.

La Comisión aprobó por unanimidad instar al Gobierno a iniciar un proceso de negociación según el Tratado de Cooperación y Amistad firmado en el año 1992 por los presidentes Felipe González y Luis A. Lacalle, que prevé la formación de una Comisión de Alto Nivel presidida por los Cancilleres de ambos países.

La resolución parlamentaria instaba al gobierno para que ante la controversia surgida acerca de la interpretación del Tratado de Reconocimiento, Amistad y Cooperación de 1870 con la República Oriental del Uruguay y las implicaciones de la legislación española y las implicaciones de España con la Unión Europea, así como de la diversa jurisprudencia española en la materia, se aborde en el plazo máximo de cuatro meses, conjuntamente con las autoridades uruguayas, en el marco de la Comisión de Alto Nivel prevista en el Tratado General de Cooperación y Amistad de 1992 la cuestión del régimen de entrada, trabajo y residencia de los ciudadanos uruguayos mediante la aplicación de los criterios más favorables…”.

Ha pasado un mes y no se han iniciado contactos para la formación de esa comisión. Los Ministros de Asuntos Exteriores Miguel Ángel Morantinos y Reynaldo Gargano no se han reunido y la negociación podría ameritar un tiempo superior a los tres meses que restan.

Es en este punto, cuando los uruguayos nos sentimos indefensos ante la actitud del Gobierno de España, que aparecen un amigo.

No es el único que tenemos en el Congreso.

Jesús López-Medel se ha autoasignado el papel de vigilancia de que lo instado por deseo de los congresistas españoles sea cumplido.

Su pregunta al Gobierno es directa: ¿Va a la Comisión que se formaría con ánimos de negociación o dando por sentado el no?

Este viernes, 20 de enero, López-Medel eleva a la Mesa del Congreso de Diputados una nota preguntando por la situación, reclamando respuesta escrita.

Por gentileza del mismo tenemos acceso al borrador del documento que hoy será presentado con las firmas correspondientes.

A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS D. Jesús LOPEZ-MEDEL, Diputado por Madrid, perteneciente al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y ss., del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de formular la siguiente pregunta al Gobierno de la que desea obtener respuesta por escrito.

El 21 de diciembre, la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso aprobó por unanimidad instar al Gobierno a que entre la controversia surgida a la interpretación del Tratado de Reconocimiento, Amistad y Cooperación en 1870 con la República Oriental de Uruguay se aborde en el plazo máximo de cuatro meses conjuntamente con las autoridades uruguayas, en el marco de la Comisión de Alto nivel previsto en el Tratado General de Cooperación y Amistad de 1992, la cuestión del régimen de entrada, trabajos y residencia en España de los ciudadanos uruguayos mediante la aplicación de los anteriores más favorables.

Ante tal previsión, y teniendo en cuenta la constante y reiterada jurisprudencia de diversos Tribunales españoles estimando las demandas de ciudadanos uruguayos, se formulan las siguientes preguntas: ¿En la reciente orden de expulsión del ciudadano uruguayo Mykool Roul Pujal Medina, dictada por la subdelegación del Gobierno en Toledo se ha tenido en cuenta o, por el contrario, no se ha valorado el Acuerdo del Congreso y las inminentes reuniones a alto nivel de ambos países para solucionar el asunto general?

¿Dicha orden de expulsión, dictada con posterioridad al acuerdo unánime de todos los grupos, significa que la actitud del Gobierno español en dichas reuniones va a seguir petrificada por una interpretación muy restrictiva de dicho Acuerdo el cual tiene el rango de Tratado entre ambos países?

Madrid, 19 de mayo de 2006 Vº BºEL SECRETARIO GENERAL Fdo.: EL DIPUTADO

 

Graciela Vera, periodista independiente, en Almería, en el sur del norte, a 20 de enero de 2006

¿QUÉ ESTÁ PASANDO EN URUGUAY?

Miércoles 10 de agosto hora 19 española, hora 14 uruguaya ¿Qué está pasando en estos momentos en Uruguay? Supuestamente hace una hora que la vicepresidenta de España arribó al aeropuerto de Carrasco. La visita de la Sra. María Teresa Fernández de la Vega crea expectativa en todos los uruguayos que, por necesidad de consolidar derechos o por orgullo de que su país de una vez por todas salga con la cabeza alta a defender los intereses de sus ciudadanos, esperan un pronunciamiento sobre el Tratado que en 1870 firmaron el reino de España y nuestro país. Había hecho un paréntesis en la continuidad de mis artículos respecto a la temática inmigratoria en España. Consideré que había dicho todo lo que tenía que decir y que, entendido o no, quedaba poco más que esperar el resultado de un partido que estaba recién comenzando. Los uruguayos tenemos la costumbre de hablar en términos futboleros. Entendamos mucho, poco o nada de fútbol al menos sabemos que hubo un maracanazo y cuatro campeonatos, dos mundiales y dos olímpicos y eso influye en nuestra terminología. Si hasta el fútbol nos trae a la mente preguntas referidas al mismo tema: inmigrantes. ¿Si preguntamos si son menos inmigrantes quienes vienen contratados por un equipo de fútbol que quienes traen apenas un sueño en la valija posiblemente despertemos mentes? Contrato en destino. Existe la cláusula diferencial pero esa misma cláusula señala que se contratará siempre que no haya españoles que puedan ocupar ese mismo puesto, en paro. No dudo que estoy diciendo tonterías porque difícilmente la lista de paro de la Seguridad Social tenga un rubro para futbolistas. Y tampoco queremos que nuestros muchachos, los que empezaron en los campitos de cuarta o en los baldíos de los barrios dejen de entrar, triunfantes al fútbol europeo. Pero ese derecho a pisar fuerte cuando se baja del avión en Barajas o en El Prat, lo tenemos todos los uruguayos. El Tratado cuya vigencia reclamamos dice claramente que los uruguayos tenemos derechos en España del mismo modo que los españoles los tienen en Uruguay y es sobre ese derecho que esperamos que en Montevideo hable y deje firme nuestra posición, el Presidente Vázquez con la Sra. vicepresidenta. de España.. Sin embargo hay algunos puntos de esta visita que se está desarrollando mientras a más de doce mil kilómetros escribo estas líneas, que no cuadran en nuestras (los de los uruguayos en España) expectativas. Un comunicado de la Asociación de Uruguayos en Cataluña resulta al respecto, muy ilustrativo. *1 Si nos sorprendió que en la página web oficial de la Presidencia de la República se tratara esta visita apenas con un comunicado en la sección Noticias Actualizadas (miércoles 10 hora 20.30 de España, 15.30 de Uruguay); ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Conferencia de prensa de la Vicepresidenta del Gobierno Español. La Vicepresidenta del Gobierno español María Teresa Fernández de la Vega, ofrecerá una conferencia de prensa este miércoles 10, a las 18.30 horas, en la sede del Centro Cultural de España ubicado en la calle Rincón 629. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Nada más señores, tan sólo tres líneas y el anuncio de una conferencia en el Centro Cultural de España. Pero más desilusión sentí al buscar alguna información en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores de Uruguay. ¡Nada! Simple y sencillamente no hay ni una referencia a la visita de quién en este momento, quienes vemos la actividad política española podemos reconocer que tiene casi (o sin casi) el mismo poder de decisión que el presidente José Luis Rodríguez Zapatero. Tuve que llegar a la prensa privada y aquí sí que se me pusieron ‘los pelos de punta’. Voy a transcribir lo que dice el diario El Observador:
La vicepresidenta primera del gobierno de España, María Teresa Fernández de la Vega, llegó este miércoles a Montevideo procedente de Brasil para cumplir una breve visita a Uruguay, que comprende un encuentro privado con el presidente Tabaré Vázquez. Fernández de la Vega fue recibida por la subsecretaria de Relaciones Exteriores, Belela HerreraPosteriormente, se trasladó a la Embajada de España donde se le dará la bienvenida por parte de la colectividad española en Uruguay.En horas de la tarde Fernández de la Vega se reunirá con el mandatario uruguayo en la residencial presidencial de Suárez.Según fuentes diplomáticas el encuentro tendrá vinculación directa con la XV Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de Iberoamérica, prevista para el próximo mes de octubre en Salamanca, España.La visita de unas diez horas a Uruguay, país elegido para la organización de la XVI edición de la reunión Iberoamericana que tendrá lugar en la primavera de 2006, cierra la gira de Fernández de la Vega, que ha comprendido a Costa Rica, Chile, Argentina y Brasil.Fernández de la Vega y su comitiva viajarán esta misma noche a Madrid, tras dar una conferencia de prensa en el Centro Cultural de España en Montevideo. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ La agenda política no abarca para nada el Tratado de 1870. Posiblemente se haya acordado así. Ni siquiera el Canciller uruguayo recibe a la Vicepresidenta. Tampoco está previsto que hable con ella. La política sacrifica muchas cosas, incluida la dignidad, para que el apretón de manos sea lo que los intereses del momento quieren que represente. Uruguay ha perdido… me rectifico, está perdiendo en estos momentos una gran oportunidad. Los uruguayos en España queremos saber ¿qué está pasando?, pero lo quieren saber también los uruguayos en el resto del mundo, especialmente los que están en Uruguay preparando las valijas y que una encuesta reciente, lamentablemente nos ha mostrado que son muchos. Pero resulta triste ver como la pelota se mantiene en el centro del campo con peligro para nuestra área y no se dice lo que desde aquí esperamos oír. Sería muy fácil contrarrestar las respuestas que seguramente se darían ante la insistencia uruguaya (si la hubiera habido) respecto a la validez del Tratado de 1870. El artículo 96.1 de la Constitución Española dice:
”Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento jurídico interno. Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas, en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho Internacional".

Y resulta que los artículos 14 y 18.1 del Tratado General de Cooperación y Amistad celebrado en 1992 entre España y Uruguay, ratifican y confirman la vigencia del Tratado de 1870. Según el artículo 96 de la Constitución española, un ‘tratado internacional’ vigente no puede ser abrogado, desconocido ni modificado por ley posterior.

El apartado 2 del artículo 1 del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social establece que este reglamento queda está supeditado a lo que dispongan los convenios internacionales suscritos que anteriormente hubiera suscrito España.

Y ante la excusa española de que su ingreso a la Unión Europea y la firma de Tratados con los Estados miembros ‘le impide’ el cumplimiento del Tratado de 1870 quedaría a criterio de los especialistas desestimada ya que consideran que el Acuerdo de Schengen no afecta la vigencia de tratados firmados con terceros países con anterioridad a la firma del mismo. De estas respuestas que son la base de la solicitud de informe *2 que Parlamentarios catalanes han dirigido al Gobierno, depende el futuro de muchos uruguayos. Quizás 20 sentencias judiciales de Juzgados de Primera Instancia y una sentencia del Tribunal Supremo de España avalen la solidez de nuestros reclamos y determinen ese futuro. Las sentencias de los Jueces españoles reconocen la vigencia del Tratado de 1870 atendiendo a que el artículo 234 del Tratado de la Comunidad Económica Europea establece con total claridad que : “las disposiciones del Tratado no afectarán a los derechos y obligaciones que resulten de convenios celebrados, con anterioridad a la entrada en vigor del acuerdo, entre uno o varios Estados miembros" AHORA SÓLO QUEDA EL ARRAIGO LABORAL De las 690.679 solicitudes recibidas durante el último proceso de regularización de inmigrantes ilegales, a fines de julio aún estaban en trámite el 22.7% y se habían registrado 352.522 altas en la Seguridad Social. Quedaron muchos más de los 25.000 que han estimado las autoridades, sin papeles. Pero según el Gobierno, no es momento de desesperar porque a pesar de aquel: ‘última oportunidad’ que tantas veces utilizó para instar a la regularización Y sin importar que a cuatro meses de cerrado el proceso muchos no tengan aún una respuesta, y que los que quedaron sin papeles sean mucho más que los 25.000 que estiman las autoridades; y a pesar de aquel: ‘última oportunidad’ que tantas veces utilizaron para instar a la regularización, se abrió ayer otra oportunidad. La solicitud de residencia por arraigo laboral. Y a ésta podrían optar los 125.000 los inmigrantes que habían quedado fuera de la anterior regularización. … Ésta es otra instancia; ahora se abre un proceso que todos sabíamos existía… no es nuevo, siempre existió el procedimiento de solicitud por arraigo para quienes tuvieran dos años residiendo en España. No fue un procedimiento muy utilizado por dos motivos sustanciales. Por parte de las autoridades se le puso muchas trabas a las resoluciones, por parte de los inmigrantes, la denuncia de sus empleadores podía significar el no volver a trabajar. ¿Qué pasará ahora? La duda surge precisamente de la palabra ‘denunciar’ que es lo que deberán hacer los sin papeles para acogerse al proceso de arraigo laboral. Deberán probar que han estado residiendo en España durante un periodo mínimo de dos años; carecer de antecedentes penales tanto en España como en su país de origen y demostrar que han estado trabajando por un tiempo no inferior a un año. Para hacerlo es necesario denunciar ante la inspección de trabajo al patrón para el que trabajan o trabajaban. Una vez realizada la delación, el inmigrante que se ha atrevido a arriesgar su futuro como contratado (del actual o de otros patronos), saldrán los inspectores de trabajo a levantar actas a los patronos denunciados. Pero habrá que probar. Y para ello el acta de infracción al empresario denunciado se enviará a la autoridad gubernativa, que es a quién le compete conceder o no la autorización para que la Inspección de Trabajo proceda de oficio dando de alta en la seguridad social al inmigrante irregular con efecto retroactivo y para que levante acta de liquidación de las cuotas no pagadas. Pero mientras para los gobernantes y CCOO esto será una solución ‘sin excusas’ para que miles de sin papeles puedan obtener los permisos de residencia y trabajo; sin dejar de reconocer que sería ideal que todos los empresarios tomaran conciencia de que no pueden seguir aprovechándose y explotando la desesperación de quienes no consiguen obtener derechos para reclamar. La situación no es fácil para quienes buscan desesperadamente obtener papeles. Entre ellos hay muchos uruguayos que no deberían estar en esas listas porque tienen derecho a trabajar y residir sin presiones. Carlos Gómez Gil, director del Observatorio sobre la Inmigración de la Universidad de Alicante (Valencia) ha hecho algunas observaciones que por sí solas nos permiten hacernos una idea más concreta de la situación. Quizás sea hora de que las autoridades uruguayas las tengan presente. Para acogerse al arraigo laboral, el extranjero debe acreditar dos años de estancia continuada en España, carecer de antecedentes penales, tanto en España como en su país de origen o de anterior residencia, y demostrar la existencia de un año de relaciones laborales como mínimo a través de una sentencia judicial favorable o una resolución que confirme el acta de infracción de la inspección de Trabajo.

Estos requisitos son bastante difíciles de conseguir si se tiene en cuenta que cuando un extranjero irregular denuncia una situación de abuso laboral está reconociendo su situación de estancia ilegal en el país con lo que puede ser expulsado, caso que ya se ha dado.
…………………………………………………………………….. Además, no sólo es cuestión de denunciar, sino hay que tener una resolución favorable. Otro de los problemas es probar esa situación de abuso laboral…… ……………………………………………………………………………… …. son muy pocos los extranjeros que van a poder acogerse a este proceso, ya que hay que reunir unos requisitos muy determinados para poder acceder a él. «No puede llamarse regularización, es una vía muy concreta para situaciones de abuso que puedan demostrarse». El hecho de ser una figura jurídica nueva hace imposible cuantificar el número de extranjeros que podrán acogerse al arraigo laboral. La Delegación de Gobierno de la Comunidad Valenciana, ha dado cifras y señalado situaciones que no dejan de ser preocupantes, más si tenemos en cuenta que la referencia se basa en una sola comunidad: Valencia y las cifras están dadas al 29 de julio pasado. (copia textual)Cerca de 109.000 inmigrantes residentes en la Comunidad Valenciana artiparon en el proceso de regularización extraordinario desarrollado entre febrero y mayo de este año. En las oficinas de Extranjería se sigue revisando expedientes. Pero de los casi 85.000 resueltos, sólo 50.121 se han traducido en altas en la Seguridad Social, requisito éste imprescindible para conseguir los papeles.

El contrato de trabajo abre la puerta al inmigrante para acceder a la regularización, pero si transcurrido un mes desde que se resolviera satisfactoriamente su expediente, el empresario no inscribiera al extranjero en
la Seguridad Social, éste perdería automáticamente el derecho a los papeles que por unos días acarició. Y en ese trance, en comprobar si el contrato traspasa las oficinas de la Seguridad Social, se encuentran más de 28.000 extranjeros, cuyos expedientes han superado el primer escalón, pero no el último. Otros 7.000 han visto denegada su solicitud y quedan aún casi 10.000 en espera de respuesta.
*1 . Asociación de Uruguayos en Catalunya

Ante la visita de
la Vicepresidenta de España Sra. María Teresa Fernández de la Vega, a las 13 horas el día 10 de agosto de 2005, al Aeropuerto de Carrasco, en su gira continental preparando la Conferencia Iberoamericana
que se realizará en Salamanca, expresamos:

_ Que nos llama poderosamente la atención ante la llagada de una ilustre personalidad, además de ser
la Vicepresidenta
de España, no se haya realizado con antelación la difusión pública.

_ Denunciamos una vez mas la no aplicación de los Tratados de 1870 y 1992, por parte del Gobierno de España, desconociendo 1 sentencia de Tribunal Supremo y 20 de jueces españoles, la última de ellas en el mes de mayo pasado en que se le concedió a 2 uruguayos, por parte del Tribunal de Logroño, permiso de residencia y trabajo en calidad de Autónomo, sin exigirle inversión previa.

_ Nuestra sorpresa ante la demora de notificaciones del Proceso de Normalización (a quienes han presentado correctamente sus papeles) que superan los 4 meses en muchos casos.

_ Que a partir del 8 de agosto de 2005 se puede regularizar quien no haya podido en el proceso de normalización, para ello debe contar con las siguientes condiciones:

• Tener 2 años de residencia ininterrumpida en España,
• Demostrar haber trabajado 1 año,
• Estar libre de antecedentes penales en el país de origen y en España.

Preguntamos como hace un trabajador al que ni siquiera se le expide un sobre, para demostrar que trabajo 1 año. Se le dan 2 opciones o que lo encuentre un Inspector, -para ello hay que hacer la denuncia- demostrarlo en forma documental o por medio de un compañero de trabajo que le salga de testigo, cualquiera de estos supuestos son prácticamente imposibles y por si fuera poco se informo a toda pompa en la prensa para que los empresarios despidan antes de que le hagan la denuncia.

_ Las dificultades de los inmigrantes a los que las empresas les están realizando ofertas de empleo por Régimen General, ya que la información oficial es que una vez en el país de origen no se le concederá el visado, esto implicaría que el propio inmigrante se paga su expulsión.

Por tanto entendemos momento idóneo para que
la Sra. Vicepresidenta
responda a estas preguntas en una tierra que si supo acoger a sus compatriotas.

Barcelona, 9 de agosto de 2005.

Rómulo Correa – Presidente
Fanny Canavese - Secretaria
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- *2 –GRUPOS PARLAMENTARIOS ESPAÑOLES DE CATALUÑA, AL IGUAL QUE EN SU MOMENTO LO HICIERON PARLAMENTARIOS DE GALICIA, SOLICITAN INFORMACIÓN SOBRE EL TRATADO DE 1870 Y SU NO APLICACIÓN TRATADO - A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS 29 DE JULIO DE 2005

Al amparo de lo establecido en el artículo 185 y siguientes del Reglamento del Congreso de los Diputados, el diputado adscrito al Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds formula la siguiente pregunta dirigida al Gobierno, para su respuesta escrita.

El artículo 8 del Tratado de Paz y Amistad entre España y Uruguay —de 1870—, dispone:

"Los súbditos españoles en
la República Oriental del Uruguay y los ciudadanos de la República en España, podrán ejercer libremente sus oficios y profesiones, poseer, comprar y vender por mayor y menor toda especie de bienes muebles e inmuebles, extraer del País sus valores íntegramente, disponer de ellos en vida o por muerte y suceder en los mismos por testamento o ab intestato, todo con arreglo a las leyes del País, en los mismos términos y bajo iguales condiciones que usan o usaren los de la Nación
más favorecida".

Por su parte y respecto de los tratados,
la Constitución
española, en su artículo 96.1, dispone:

"Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas, en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho Internacional".

Por otra parte, los artículos 14 y 18.1 del Tratado General de Cooperación y Amistad celebrado en 1992 entre España y Uruguay, ratifican y confirman la vigencia del Tratado de 1870.

Las autoridades españolas han invocado, como fundamento del rechazo y expulsión de visitantes uruguayos, los artículos 25 y 26.2 de su Ley Orgánica 4/2000, así como el artículo 7 del Reglamento de ejecución de dicha Ley.
Estas disposiciones regulan el ingreso de extranjeros a España, sólo lo autorizan en determinadas condiciones y facultan a denegar la entrada de quienes no cumplan los requisitos establecidos. Sin embargo, tales preceptos legales resultan inaplicables a los ciudadanos uruguayos, pues su libre ingreso y trabajo —a España y en este país— está amparado por un tratado vigente, que, de acuerdo al citado artículo 96 de su Lex Magna, no puede ser abrogado, desconocido ni modificado por una ley posterior El apartado 2 del artículo 1 del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley Orgánica
4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social abunda en que dicho reglamento está supeditado a lo que dispongan los convenios internacionales suscritos por España:

“Artículo 1. Entrada por puestos habilitados.

1. Sin perjuicio de lo dispuesto por los convenios internacionales suscritos por España, el extranjero que pretenda entrar en territorio español deberá hacerlo por los puestos habilitados al efecto, hallarse provisto del pasaporte o documento de viaje en vigor que acredite su identidad y que se considere válido para tal fin, estar en posesión de un visado válido cuando éste sea exigible, y no estar sujeto a prohibiciones expresas. Asimismo, deberá presentar los documentos determinados en este reglamento que justifiquen el objeto y condiciones de estancia, y acreditar la posesión de los medios de vida suficientes para el tiempo que pretenda permanecer en España o, en su caso, estar en condiciones de obtener legalmente dichos medios”.

Otro texto invocado por las autoridades españolas es el Acuerdo de Schengen, así como su Convenio de Aplicación —de 14 de junio de 1985 y de 19 de junio de 1990, respectivamente—, celebrado por quince países europeos, uno de los cuales es España, en cuyo mérito esas naciones unificaron sus disposiciones sobre la entrada y estancias de corta duración por parte de extranjeros, en el llamado "espacio Schengen".

Sin embargo hay juristas que consideran esta invocación errónea, por la obvia razón de que Uruguay no es parte en el citado Acuerdo y, por tanto, sus disposiciones no pueden obligarlo. Del mismo modo, un contrato celebrado entre A, B y C, no puede obligar a D ni enervar los derechos que éste adquirió en razón de un contrato anteriormente celebrado con anterioridad.

Ningún sujeto de derecho puede extinguir unilateralmente las obligaciones ya contraídas con otro sujeto de derecho, sin el consentimiento del mismo y sin sujeción a lo pactado entre ellos a los fines de la extinción del pacto o contrato creador de tales obligaciones.

En consecuencia, no es descabellado considerar que el llamado Acuerdo de Schengen en nada afectó la vigencia y el obligatorio cumplimiento del Tratado hispano-uruguayo de 1870.

¿Está cumpliendo, el Gobierno, el Tratado de Paz y Amistad entre España y Uruguay?

Teniendo en cuenta que los tratados tienen mayor fuerza –o jerarquía normativa- que las leyes ¿cómo es posible que el Gobierno invoque, como fundamento de rechazo y expulsión de visitantes uruguayos, los artículos 25 y 26.2 de
la Ley Orgánica 4/2000, así como el artículo 7 del Reglamento de ejecución de dicha Ley?
¿Tiene intención, el Gobierno, de modificar su política respecto a los ciudadanos uruguayos con el fin de adecuarla a la legalidad vigente? En caso afirmativo, ¿cuándo? En caso negativo, ¿por qué?

Palacio del Congreso de los Diputados
Madrid, 29 de Julio de 2005
Graciela Vera – periodista independiente, desde Almería, en el sur del norte, a 10 de agosto de 2005